OCTAVA MODIFICACIÓN AL ANEXO 6 «ACTIVIDADES ECONÓMICAS» RMF 2014, DOF 30/12/2024.

OCTAVA MODIFICACIÓN AL ANEXO 6 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2014

Catálogo de actividades económicas

Subgrupo: Bebidas con contenido alcohólico y tabacos.
Clave Descripción de la actividad Actividades que incluye
241 Producción, fabricación, o envasado de bebidas destiladas de agave como el tequila Producción, fabricación o envasado de bebidas destiladas de agave como el tequila
580 Producción, fabricación, o envasado de bebidas destiladas de agave como el tequila con una graduación alcohólica de más de 20º G.L. Producción, fabricación, o envasado de bebidas destiladas de agave como el tequila con una graduación alcohólica de más de 20º G.L.
2415 Producción, fabricación, o envasado de charanda Producción, fabricación, o envasado de charanda
2416 Producción, fabricación, o envasado de bebidas destiladas de agave como el mezcal Producción, fabricación o envasado de bebidas destiladas de agave como el mezcal
2417 Producción, fabricación, o envasado de bebidas destiladas de agave como el mezcal artesanal Producción, fabricación o envasado de bebidas destiladas de agave como el mezcal artesanal
2418 Producción, fabricación, o envasado de bebidas destiladas de agave como el mezcal ancestral Producción, fabricación o envasado de bebidas destiladas de agave como el mezcal ancestral
2419 Producción, fabricación, o envasado de bebidas destiladas de agave como la bacanora Producción, fabricación o envasado de bebidas destiladas de agave como la bacanora
2420 Producción, fabricación, o envasado de bebidas destiladas de agave como la raicilla Producción, fabricación o envasado de bebidas destiladas de agave como la raicilla
2421 Producción, fabricación, o envasado de sotol Producción, fabricación o envasado de bebidas de sotol
2422 Producción, fabricación, o envasado de otras bebidas destiladas de agave Producción, fabricación, o envasado de otras bebidas destiladas de agave
2423 Producción, fabricación, o envasado de charanda con una graduación alcohólica de más de 20º G.L. Producción, fabricación, o envasado de charanda con una graduación alcohólica de más de 20º G.L.
2424 Producción, fabricación, o envasado de bebidas destiladas de agave como el mezcal con una graduación alcohólica de más de 20º G.L. Producción, fabricación o envasado de bebidas destiladas de agave como el mezcal con una graduación alcohólica de más de 20º G.L.
2425 Producción, fabricación, o envasado de bebidas destiladas de agave como el mezcal artesanal con una graduación alcohólica de más de 20º G.L. Producción, fabricación o envasado de bebidas destiladas de agave como el mezcal artesanal con una graduación alcohólica de más de 20º G.L.
2426 Producción, fabricación, o envasado de bebidas destiladas de agave como el mezcal ancestral con una graduación alcohólica de más de 20º G.L. Producción, fabricación o envasado de bebidas destiladas de agave como el mezcal ancestral con una graduación alcohólica de más de 20º G.L.
2427 Producción, fabricación, o envasado de bebidas destiladas de agave como la bacanora con una graduación alcohólica de más de 20º G.L. Producción, fabricación o envasado de bebidas destiladas de agave como la bacanora con una graduación alcohólica de más de 20º G.L.
2428 Producción, fabricación, o envasado de bebidas destiladas de agave como la raicilla con una graduación alcohólica de más de 20º G.L. Producción, fabricación o envasado de bebidas destiladas de agave como la raicilla con una graduación alcohólica de más de 20º G.L.
2429 Producción, fabricación, o envasado de sotol con una graduación alcohólica de más de 20º G.L. Producción, fabricación o envasado de bebidas de sotol con una graduación alcohólica de más de 20º G.L.
2430 Producción, fabricación, o envasado de otras bebidas destiladas de agave con una graduación alcohólica de más de 20º G.L. Producción, fabricación, o envasado de otras bebidas destiladas de agave con una graduación alcohólica de más de 20º G.L.

 

Atentamente.

Ciudad de México, a 20 de diciembre de 2024.- En suplencia por ausencia del Jefe del Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en el artículo 4, primer párrafo del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, firma el Administrador General Jurídico, Lic. Ricardo Carrasco Varona.- Rúbrica.

 

www.contaduria.org.mx

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