NOVENA Resolución de Modificaciones a la RMF para 2023 y Anexo 1-A. Nuevas reglas sobre DECRETOS, PODEBI, RELOCALIZACIÓN, OTIS. DOF 5/12/2023

NOVENA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 y Anexo 1-A.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Servicio de Administración Tributaria.

NOVENA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2023 Y ANEXO 1-A

Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, fracción I, inciso g) del Código Fiscal de la Federación; 14, fracción III de la Ley del Servicio de Administración Tributaria y 8 del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, se resuelve:

PRIMERO. Se reforman las reglas 2.7.1.6.; 2.7.3.4., primer párrafo y 13.1., primer párrafo, fracción X; se adicionan al Glosario, fracción II, el numeral 56 y a la fracción III, los numerales 11, 12 y 13; la regla 13.1., primer párrafo, fracción XI, así como el Capítulo 11.11., que comprende las reglas 11.11.1. a la 11.11.13.; el Capítulo 11.12., que comprende las reglas 11.12.1. a la 11.12.5. y el Capítulo 11.13., que comprende las reglas 11.13.1. a la 11.13.6., y se deroga la regla 2.1.28., tercer párrafo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, para quedar de la siguiente manera:

Glosario
I. …
II. ACRÓNIMOS:

56. PODEBI. Polos de Desarrollo para el Bienestar del istmo de Tehuantepec.
III. DEFINICIONES:

11. Decreto PODEBI. Decreto por el que se fomenta la inversión de los contribuyentes que realicen actividades económicas productivas al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar del istmo de Tehuantepec, publicado en el DOF el 05 de junio de 2023.
12. Decreto Relocalización. Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales a sectores clave de la industria exportadora consistentes en la deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo y la deducción adicional de gastos de capacitación, publicado en el DOF el 11 de octubre de 2023.
13. Decreto OTIS. Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas que se indican por lluvias severas y vientos fuertes durante el 24 de octubre de 2023, publicado en el DOF el 30 de octubre de 2023.
Procedimiento que debe observarse en la aplicación de estímulos o subsidios
2.1.28. …

Se deroga tercer párrafo.


CFF 32-D, 65, 66, 66-A, 69, 141, RMF 2023 2.1.37., 2.1.38.

Expedición de CFDI a través de la herramienta de facturación gratuita disponible en el Portal del SAT o mediante la aplicación de facturación gratuita para dispositivos móviles
2.7.1.6. Para los efectos del artículo 29, segundo párrafo, fracción IV del CFF, los contribuyentes podrán expedir CFDI sin necesidad de remitirlos a un proveedor de certificación de CFDI, siempre que lo hagan a través de la herramienta electrónica denominada “Genera tu factura”, misma que se encuentra en el Portal del SAT, o bien, mediante la aplicación “Factura SAT Móvil”, para dispositivos móviles, que se encuentra disponible en las plataformas de descarga de aplicaciones móviles que se indican en el Portal del SAT.
Los contribuyentes que utilicen la aplicación “Factura SAT Móvil”, contarán con un lector y un generador de código QR, el cual contendrá la información fiscal del contribuyente para facilitar la expedición de CFDI.
CFF 29, LIVA 1-A, 32, RMF 2023 2.2.8.

Comprobación de erogaciones en la compra de vehículos usados
2.7.3.4. Para los efectos del artículo 29, penúltimo párrafo del CFF, las personas físicas a que se refiere la regla 2.7.3.10., apartado A, fracción IV, podrán expedir el CFDI cumpliendo con los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del citado ordenamiento, para lo cual deberán utilizar los servicios que para tales efectos sean prestados por un PCECFDI, en términos de la regla 2.7.2.14., a las personas a quienes enajenen los vehículos usados. Los contribuyentes señalados en esta regla que se encuentren inscritos en el RFC, deberán proporcionar a los adquirentes de los vehículos usados, su clave en el RFC, nombre, régimen fiscal en que tributen de acuerdo a la Ley del ISR y el código postal de su domicilio fiscal para que se expida el CFDI correspondiente por el mencionado PCECFDI.


CFF 17-H, 17-H Bis, 29, 29-A, RMF 2023 2.2.4., 2.2.8., 2.2.15., 2.7.2.14., 2.7.3.10.

 

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