Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales en los polos de desarrollo del bienestar en el Estado de Oaxaca.
Ingeniero Salomón Jara Cruz, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en ejercicio de las atribuciones que me confieren los artículos 66, 79 fracción XXVII, 680 fracciones |, II, XI y XXIV, 87, 84 y 90 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca; 2, 3, 6 párrafo primero, 8,15 párrafo primero, 27 fracciones | y XII, 34 fracción XXVIII y 45 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca: 1, 5 fracción VII, 7 fracciones y ll y 93 fracción III del Código Fiscal para el Estado de Oaxaca, y
CONSIDERANDO
Que acorde a la visión del Licenciado Andrés Manuel López Obrador, Presidente de la República, de impulsar proyectos regionales que beneficien directamente a las y los habitantes del Istmo de Tehuantepec, Oaxaca, el Poder Ejecutivo Estatal impulsará desde el ámbito competencial de la Administración Pública Estatal el crecimiento de la economía de la región con pleno respeto a la historia, cultura y tradiciones del territorio en cuestión.
El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado el 12 de julio de 2019, en el Diario Oficial de la Federación, refiere como uno de los Proyectos regionales, el Programa para el Desarrollo del Istmo de Tehuantepec, que de forma coordinada con el Ejecutivo Federal, el Corredor Multimodal Interoceánico, aprovechará la posición estratégica del Istmo de Tehuantepec para competir en los mercados mundiales de movilización de mercancías, por medio del uso combinado de diversos medios de transporte.
Que, el Gobierno Federal creó el Organismo Público Descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, no sectorizado, denominado Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, mediante Decreto publicado en el Diario Cficial de la Federación, el 14 de junio de 2019.
Que, el «Estatuto Orgánico del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec», publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de marzo de 2020, establece los polígonos al interior de los Polos de Desarrollo para el
Bienestar ubicados dentro de la geografía del estado de Oaxaca, que contarán con incentivos para atraer la inversión que detone el desarrollo económico y social de la región, con base en las vocaciones productivas con mayor potencial
Que mediante Decreto del Ejecutivo Federal, publicado el 4 de agosto de 2020, en el Diario Oficial de la Federación, se describe el “Programa para el Desarrollo del Istmo de Tehuantepec 2020-2024″, que prevé, entre otros objetivos prioritarios, impulsar un nuevo modelo de crecimiento económico en beneficio de toda la población del Istmo de Tehuantepec, con una visión del futuro de la región en la que se superen las décadas de exclusión de los programas y presupuestos federales a partir de sus propias fortalezas y recursos, potenciar su
desarrollo e incrementar sus capacidades de atracción de recursos de otras regiones del país y de otros países, así como emprender acciones y proyectos para revitalizar la economía y la sociedad locales, en la búsqueda de una nueva etapa de desarrollo y acciones emergentes para la población en situación de pobreza extrema.
Bajo ese contexto el 12 de mayo de 2023, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, los Acuerdos por los que se emiten las Declaratorias de los Polos de Desarrollo para el Bienestar ubicados en los municipios de Salina Cruz, San Blas Atempa, San Juan Evangelista y Texistepec.
Posteriormente, el Ejecutivo Federal a fin de detonar las inversiones productivas. publicó en el Diario Oficial de la Federación el 5 de junio de 2023, el «Decreto por el que se fomenta la inversión de los contribuyentes que realicen actividades económicas productivas al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar del istmo de Tehuantepec”.
Que resulta necesario aprovechar la capacidad de encadenamiento de las actividades productivas con las de la región, para el desarrollo de las vocaciones productivas, prioritarias y potenciales identificadas como la eléctrica y electrónica, semiconductores, automotriz (electromovilidad), autopartes y equipo de transporte, dispositivos médicos, farmacéutica, agroindustria, equipo de generación y distribución de energía eléctrica (energías limpias), maquinaria y equipo, tecnologías de la información y la comunicación, metales y petroquímica, entre otras.
Que existe un compromiso histórico con el Istmo de Tehuantepec, de ahí la importancia de impulsar las inversiones nuevas en actividades industriales, alentar la inversión en la instalación de nuevas plantas productivas dentro de los Polos de Desarrollo para el Bienestar que detonen el crecimiento económico de la región y las fuentes de empleo de forma permanente.
Que las declaratorias de los Polos de Desarrollo para el Bienestar han determinado los polígonos territoriales de afluencia, y en armonía con el Gobierno que dirige el Licenciado Andrés Manuel López Obrador, Presidente de
la República, con la finalidad de detonar inversiones productivas, la creación de empleos y el crecimiento económico de los Municipios que se encuentran dentro del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, reducir la desigualdad en la región y en un esfuerzo fiscal, el Gobierno del estado de Oaxaca complementa
los incentivos y facilidades otorgadas por el Ejecutivo Federal, con el propósito de detonar el desarrollo económico de la región, incentivar y atraer al Istmo de Tehuantepec inversiones nuevas,
Que el Plan Estatal de Desarrollo 2022-2028, publicado el 3 de julio de 2023, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, en su Eje 4. Crecimiento y Desarrollo Económico para las Ocho Regiones, en su numeral 4.2 Impulso económico que favorezca, proteja y promueva una vida digna, refiere que, en materia de mejora regulatoria, una de las estrategias del proyecto del Corredor Interoceánica del Istmo de Tehuantepec (CIIT) en coordinación con a Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) y las entidades de Oaxaca y Veracruz, es la instalación de Ventanillas Únicas para Trámites y servicios de los tres órdenes de gobierno, que faciliten la inversión en los Polos de Desarrollo y las zonas circundantes.
De igual forma, en dicho Plan Estatal de Desarrollo 2022-2028, describe que para la actual Administración, el Programa para el Desarrollo del Istmo de Tehuantepec que impulsa el Gobierno Federal es una prioridad, para lo cual se instaló la Comisión Intersecretarial del Estado de Oaxaca ante el Proyecto del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, con el objetivo de contribuir al mejoramiento económico, social, ambiental y cultural; con sustentabilidad e inclusión por medio de la coordinación intersecretarial.
Bajo esa premisa, el Gobierno del estado de Oaxaca desde su ámbito territorial y competencia impulsará y favorecerá la liquidez en la operación de las personas físicas, morales o unidades económicas que realicen actividades productivas al interior del polígono territorial del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec.
Que es necesario otorgar facilidades administrativas y estímulos fiscales que favorezcan a los inversionistas, concesionarios o propietarios de bienes inmuebles que se encuentren dentro del área geográfica de los Polos de
Desarrollo para el Bienestar correspondientes al estado de Oaxaca, y que realicen alguna de las vocaciones indicadas en el Decreto del Ejecutivo Federal, publicado el 5 de junio de 2023 en el Diario Oficial de la Federación.
Que con el propósito de impulsar la ocupación laboral de los habitantes de los municipios que se encuentren dentro de la zona de influencia de los Polos de Desarrollo dentro de la entidad, se prevé otorgar estímulos fiscales relacionados con el Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal previsto en la Ley Estatal de Hacienda, estableciendo que los inversionistas y concesionarios tendrán dentro de su plantilla de personal a mujeres, personas con capacidades diferentes, adultos mayores y personas que inicien su vida laboral, lo que permitirá cumplir con las políticas públicas implementadas por esta Entidad para el desarrollo económico de los municipios del estado de Oaxaca.
Se prevé igualmente, otorgar estímulos fiscales respecto del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos previstos en el artículo 37 fracciones II, III, Y y VI de la Ley Estatal de Hacienda y los derechos vehiculares relacionados por los mismos contenidos en la Ley Estatal de Derechos de Oaxaca.
Que en relación a los vehículos nuevos es oportuno sentar las bases y requerimientos mínimos en materia de movilidad y seguridad vehicular, acorde a lo previsto en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, lo que permitirá garantizar el derecho a la movilidad de personas, bienes y mercancías en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad.
Además, es importante que el transporte de personas, bienes y mercancías, sea con menor costo ambiental y social, es decir vehículos no contaminantes, así como una adecuada gestión de riesgo, reduciendo lesiones y/o muertes ocasionadas por siniestros via es, bajo un enfoque de sistemas de seguros.
Que el plazo para otorgar los estímulos fiscales del 100 por ciento se realizará durante tres ejercicios fiscales contados a partir de aquel en el que los contribuyentes obtengan la constancia emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y será del equivalente al 50 por ciento de la tasa que corresponda al impuesto causado en los tres ejercicios fiscales subsecuentes.
Así mismo, se contemplan estímulos fiscales en la misma periodicidad y en los mismos porcentajes en la prestación de servicios públicos en materia de protección civil, seguridad privada, comercio y propiedad inmobiliaria.
Por lo antes expuesto, tengo a bien expedir el siguiente:
DECRETO POR EL QUE SE FOMENTA LA INVERSIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES QUE REALICEN ACTIVIDADES ECONÓMICAS PRODUCTIVAS AL INTERIOR DE LOS POLOS DE DESARROLLO PARA EL BIENESTAR UBICADOS EN EL ESTADO DE OAXACA.
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