Anexo 32 «Características de Dictámenes de tipo de Hidrocarburos -Petrolíferos» DOF 22/01/2024

ANEXO 32 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2024

De las características que deben contener los dictámenes que determinen el tipo de hidrocarburo o petrolífero, de que se trate, el poder calorífico del gas natural y el octanaje en el caso de gasolina

Para los efectos del artículo 28, fracción I, apartado B, cuarto párrafo del CFF, en relación con la regla 1.9., fracción XXX y el Capítulo 2.6., “De los controles volumétricos, de los certificados y de los dictámenes de laboratorio aplicables a hidrocarburos y petrolíferos”, se dan a conocer las características que deben contener los dictámenes que determinen el tipo de hidrocarburos o petrolífero y octanaje en gasolina, conforme a lo siguiente:

32.1.             Dictámenes que determinen el tipo de hidrocarburo o petrolífero, de que se trate, el poder calorífico del gas natural y el octanaje en el caso de gasolina

                   De conformidad con el artículo 28, fracción I, apartado B, cuarto párrafo del CFF y el Capítulo 2.6. “De los controles volumétricos, de los certificados y de los dictámenes de laboratorio aplicables a hidrocarburos y petrolíferos”, los contribuyentes indicados en la regla 2.6.1.2. y los que cuenten con autorización para el despacho en lugar distinto al autorizado de conformidad con la regla 2.4.1. de las RGCE para 2022, o aquella que la sustituya, deben obtener los dictámenes que determinen el tipo de Hidrocarburo o Petrolífero, a que se refiere la regla 2.6.1.1., el poder calorífico del gas natural y el octanaje en el caso de gasolina, con las personas que cuenten con la acreditación o reconocimiento a que se refiere la regla 2.6.1.6., en la periodicidad y con las características establecidas en este Anexo.

32.2.             Métodos de prueba

                   La tabla contenida en este apartado indica los ensayos que deben realizar los sujetos a que se refiere la regla 2.6.1.6., cuando les sea requerido llevar a cabo el dictamen sobre el tipo de hidrocarburo o petrolífero, indicando la(s) propiedad(es) para la(s) que se requiere un ensayo, el (los) método(s) de muestreo, el (los) método(s) de ensayo, así como las unidades en las que deben expresarse los resultados:

Hidrocarburo o petrolífero Propiedad Método(s) de muestreo Método(s) de ensayo Unidades
Petróleo Densidad API MPMS 8.1

o

API MPMS 8.2

o

ASTM D4057

o

ASTM D4177

API MPMS 9.0

o

ASTM D287

o

ASTM D1298

Grados API
Azufre total ASTM D4294 % Masa
Gas natural Composición GPA 2166

o

ISO 10715

GPA 2145

y

GPA 2286

% Peso y % Volumen
Poder calorífico GPA 2145

o

ASTM D3588

Megajoule/metro cúbico o

BTU/pie cúbico

Condensados Pentanos (C5 en adelante) GPA 2166

o

ISO 10715

GPA 2145

y

GPA 2286

o

ASTM D3588

% Peso y % Volumen
Poder calorífico MMBTU
Gasolinas Número de octano (RON)  

NMX-Z-12/1

o

NMX-Z-12/2

o

NMX-Z-12/3

o

ASTM D4057

o

ASTM D4177

ASTM D2699 Adimensional
Número de octano (MON) ASTM D2700 Adimensional
Índice de octano (RON + MON) /2 ASTM D2699

y

ASTM D2700

o

Mid-IR (Mid-Infrarred) y

Near-IR (Near-Infrarred)

Adimensional
Contenido de bioetanol (etanol anhidro) ASTM D4815

o

ASTM D5845

% Volumen
Diésel Contenido de biodiesel NMX-Z-12/1

o

NMX-Z-12/2

o

NMX-Z-12/3

o

ASTM D4057

o

ASTM D4177

ASTM D7371

o

ASTM D7806

% Volumen
Turbosina Contenido de bioturbosina NMX-Z-12/1

o

NMX-Z-12/2

o

NMX-Z-12/3

o

ASTM D4057

o

ASTM D4177

ASTM D4054

o

ASTM D7566

% Volumen
Ésteres metílicos de ácidos grasos (FAME) ASTM D4057

o

ASTM D4177

ASTM D7797

o

IP 585

mg/kg
Gas licuado de petróleo Composición (butano y propano) ASTM D1265

o

ISO 4257

ASTM D2163 % Volumen

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