Anexo 28 «Monederos electrónicos Combustibles» DOF 12/01/2023

Anexo 28 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023

Obligaciones y requisitos de los emisores de monederos electrónicos utilizados en la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres y de vales de despensa

Contenido

A. Definiciones.

B. Monederos electrónicos utilizados en la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres.

Obligaciones y requisitos que los emisores de monederos electrónicos para la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres deben cumplir en la verificación tecnológica.

C. Monederos electrónicos de vales de despensa.

Obligaciones y requisitos que los emisores de monederos electrónicos de vales de despensa, deben cumplir en la verificación tecnológica.

 

A. Definiciones.

 I.Riesgo:

Posibilidad de que alguien o algo sufra perjuicio o daño.

II.Política:

Conjunto de reglas y prácticas definidas por las personas morales con el fin de regular la manera de dirigir, proteger y distribuir los recursos para llevar a cabo los objetivos estratégicos de las personas morales.

III. Grupos de interés especial:

Organizaciones, instituciones, empresas y cualquier otro grupo de entes que tengan como objetivo el monitoreo, mejora y prevención de incidentes de seguridad de la información y seguridad en aspectos de tecnología.

IV.Equipos móviles:

Cualquier dispositivo que por sus características no requiera una instalación fija para ser operado, que esté en posibilidad de ser trasladado físicamente sin perder su capacidad de operación y uso.

V. Verificación:

Comprobación o ratificación de la autenticidad o verdad de una cosa.

VI.Revocación:

Dejar sin efectos la autorización otorgada por el SAT a las personas morales.

VII. Dirección:

Nivel jerárquico con capacidad de toma de decisiones a nivel estratégico, con la finalidad de alcanzar los objetivos definidos por la empresa.

VIII. Conflicto de intereses:

Situación en la que el juicio del individuo -concerniente a su interés primario- y la integridad de una acción tienden a estar indebidamente influidos por un interés secundario, de tipo generalmente económico o personal.

IX. Centro de Datos:

Instalaciones e infraestructura propias o arrendadas, utilizadas para la operación del monedero electrónico.

 

Descarga el anexo 28 completo, clic aquí.

 

www.contaduria.org.mx 

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