Se mantiene el 10% de participación en materia de PTU, CNPTU.
RESOLUCIÓN del Consejo de Representantes de la Sexta Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
DOF 18/09/2020
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- TRABAJO.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.- Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA SEXTA COMISIÓN NACIONAL PARA LA PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS.
En la Ciudad de México, siendo las trece horas con quince minutos, del día nueve de septiembre de dos mil veinte, en sesión celebrada el Consejo de Representantes de la Sexta Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, se procedió al estudio de los fundamentos que apoyaron la solicitud que dio inicio al procedimiento de revisión del porcentaje de dicha participación, al tenor de los siguientes:
Primero. El diez de abril de dos mil diecinueve, los trabajadores a través de sus sindicatos, federaciones y confederaciones, encabezados por el Senador Carlos Humberto Aceves del Olmo, solicitaron a la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, Maestra Luisa María Alcalde Luján, la revisión del porcentaje de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, exponiendo las diversas causas y fundamentos que motivaron dicha solicitud.
Segundo. Con fecha nueve de julio de dos mil diecinueve, se verificó que dicha petición había sido presentada por quienes representaban más del cincuenta y uno por ciento del total de los trabajadores registrados en las bases de datos de la Dirección General de Registro de Asociaciones, diez años después de la emisión de la Resolución correspondiente a la Quinta Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
Tercero. En consecuencia, con fecha ocho de agosto de dos mil diecinueve, la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, Maestra Luisa María Alcalde Luján, convocó a los sindicatos de trabajadores y de patrones debidamente registrados, así como a los patrones independientes, para que eligieran a quienes los representarían ante la Sexta Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
Cuarto. El tres de octubre de dos mil diecinueve, los sindicatos de trabajadores y de patrones debidamente registrados, así como los patrones independientes, celebraron las convenciones en las cuales se eligieron a sus representantes ante el Consejo de Representantes de esta Sexta Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
Quinto. El veintisiete de noviembre de dos mil diecinueve, el Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Andrés Manuel López Obrador, tuvo a bien designar como Presidente de la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas al Maestro Víctor Ricardo Aguilar Solano.
Sexto. El pasado 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró como pandemia global al coronavirus COVID-19 en razón de su capacidad de contagio a la población en general; por tal motivo resultó necesario extender el término para llevar a cabo la Sexta Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, con la finalidad de mitigar los riesgos de contagio de la epidemia de enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).
Séptimo. El nueve de septiembre de dos mil veinte, se procedió a la instalación de la Primera Sesión del Consejo de Representantes de la Sexta Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, así como de la propia Comisión, y en las que se realizó el estudio de los fundamentos que apoyaron la solicitud que dio inicio al procedimiento de revisión de dicho porcentaje.
Segundo. Que en la Primera Sesión del Consejo de Representantes de la Sexta Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, el representante propietario de los patrones del Primer Grupo y vocero de dicho sector, propuso a dicho Consejo se determinara que no existen fundamentos suficientes para iniciar el procedimiento de revisión del mencionado porcentaje en términos del artículo 588, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo, conforme al estudio presentado en la mencionada Sesión por los aludidos patrones.
Cuarto. Que al existir consenso entre los sectores de los trabajadores y los patrones, el representante del sector Gobierno, Presidente de esta Comisión, se suma a la propuesta acordada por ellos.
Segundo. Por tanto, hágase de conocimiento de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, de la subsistencia de las determinaciones actualmente vigentes en materia de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas y posteriormente, procédase a la publicación en el Diario Oficial de la Federación de los resolutivos de esta Sexta Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas y el Aviso de disolución de la misma.
FIRMAN en la Ciudad de México, a los nueve días del mes de septiembre de dos mil veinte, el Presidente de la Sexta Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, la Directora Técnica y Secretaria de la misma; los Asesores del Consejo de Representantes y Asesores Técnicos de la Dirección Técnica; así como los Representantes Propietarios y Suplentes de los Trabajadores y Patrones ante el Consejo de Representantes de dicha Comisión.