ACUERDO General de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación número 6/2017, de veinte de septiembre de dos mil diecisiete, por el cual se decreta que el día veintiuno del mismo mes y año no será considerado para el cómputo de plazos y sólo será laborable para las áreas administrativas y jurisdiccionales de diversas salas que integran este órgano jurisdiccional, en los términos del presente Acuerdo.
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