DECRETO por el que se reforma la fracción III del artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo, surge la multa por no afiliar a los patrones al FONACOT, DOF 4/04/2024.
DECRETO por el que se reforma la fracción III del artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
SE REFORMA LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 994 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
Artículo Único. Se reforma la fracción III del artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Artículo 132. Son obligaciones de los patrones:
XXVI Bis. Afiliar al centro de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, a efecto de que los trabajadores puedan ser sujetos del crédito que proporciona dicha entidad. La afiliación será gratuita para el patrón;
Por lo que la reforma al artículo 994 de la LFT que se publica siendo 4 de abril 2024, agrega la fracción del 132 XXVI haciendo la correlación a la multa.
Para revisar requisitos para el registro se comparte pagina FONACOT.