ACUERDO por el que se da a conocer la actualización de los montos establecidos en los artículos 1067 Bis fracción II, 1253 fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio.
ACUERDO por el que se da a conocer la actualización de los montos establecidos en los artículos 1067 Bis fracción II, 1253 fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio. DOF 28/12/2023
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- ECONOMÍA.- Secretaría de Economía.
RAQUEL BUENROSTRO SÁNCHEZ, Secretaria de Economía, con fundamento en los artículos 34, fracción XXXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1067 Bis fracción II, 1253 fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 5, fracción XVII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo establecido en los artículos 1067 Bis, fracción II, 1253 fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio, la Secretaría de Economía actualizará los montos señalados en dichos preceptos legales, conforme a la inflación anual basándose en la variación observada en el valor del Índice Nacional de Precios al Consumidor que da a conocer el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, entre la última actualización de dicho monto y el mes de noviembre del año en cuestión;
Que el 9 de diciembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de noviembre de 2022, mismo que corresponde a 125.997 puntos;
Que el 27 de diciembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo para la actualización de los montos establecidos en los artículos 1067 Bis fracción II, 1253 fracción VI, 1339, 1340 y 1390 Bis 33 del Código de Comercio, el cual entró en vigor el 1 de enero de 2023;
Que el 8 de diciembre de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de noviembre de 2023, mismo que corresponde a 131.445 puntos;
Que la inflación anual acumulada de noviembre de 2022 a noviembre de 2023 fue de 4.32 por ciento, y
Que con el propósito de dar a conocer los montos que conforme al Código de Comercio corresponde actualizar anualmente a la Secretaría de Economía por inflación, basada en la variación observada en el valor del Índice Nacional de Precios al Consumidor, se expide el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER LA ACTUALIZACIÓN DE LOS MONTOS ESTABLECIDOS EN LOS ARTÍCULOS 1067 BIS FRACCIÓN II, 1253 FRACCIÓN VI, 1339, 1340 Y 1390 BIS 33 DEL CÓDIGO DE COMERCIO
Único. Los montos actualizados correspondientes a los artículos 1067 Bis, fracción II; 1253 fracción VI; 1339; 1340 y 1390 Bis 33, del Código de Comercio, son los siguientes:
I. Artículo 1067 Bis, fracción II: $ 10,220.52 (diez mil doscientos veinte pesos 52/100 M.N.).(multa pedida de apremio por parte del juez)
II. Artículo 1253, fracción VI: $ 5,110.26 (cinco mil ciento diez pesos 26/100 M.N.).(sanción a peritos omisos)
III. Artículo 1339: $ 851,710.18 (ochocientos cincuenta y un mil setecientos diez pesos 18/100 M.N.) (monto de la suerte del principal para resoluciones irrecurribles)
IV. Artículo 1340: $ 851,710.18 (ochocientos cincuenta y un mil setecientos diez pesos 18/100 M.N.). (Monto por el cual la apelación no procede en juicios mercantiles cuando por su monto se ventilen en los juzgados de paz)
V Artículo 1390 Bis 33: de $ 2,869.10 (dos mil ochocientos sesenta y nueve pesos 10/100 M.N.) a $ 9,291.69 (nueve mil doscientos noventa y un pesos 69/100 M.N.).(sanción por no acudir a audiencia preliminar)
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2024.
Ciudad de México, a 19 de diciembre de 2023.- La Secretaria de Economía, Raquel Buenrostro Sánchez.- Rúbrica.